Guía exprés: lo que tu empresa debe tener en el radar.
- Comunicación Urrutia + Ángeles
- 16 jun
- 3 Min. de lectura

La nueva Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público ya fue publicada y sustituye por completo a la anterior. Con la entrada en vigor de una nueva ley, se presentan cambios importantes en las reglas para contratar con el gobierno.
A partir de ahora las empresas deberán adaptarse a nuevos procesos, requisitos y plataformas para participar en contrataciones públicas.
Aquí los cambios clave que debes tener en cuenta:
1) Más procedimientos de contratación
Se amplían los mecanismos de contratación: de los tres procedimientos tradicionales (licitación pública, invitación a cuando menos tres personas y adjudicación directa), se pasa a un total de siete, agregando:
Diálogo competitivo.
Adjudicación con estrategia de contratación.
Contrato específico derivado de un acuerdo marco.
Órdenes de suministro derivadas de la Tienda Digital del Gobierno Federal o de servicios de los catálogos electrónicos.
Si bien, algunas de estas modalidades ya se ejercían conforme al reglamento y otras prácticas, ahora tenemos nuevas reglas en la Ley para dichos procedimientos.
2) Procedimientos 100% electrónicos
Las licitaciones ya no serán presenciales, ni mixtas, y se establece que todos los procedimientos serán 100% electrónicos. Todo se gestionará a través de la nueva Plataforma Digital de Contrataciones Públicas, que reemplaza a CompraNet (ahora denominado Compras MX).
Esta plataforma servirá para presentar propuestas, dar seguimiento a los procesos, resolver dudas, conservar documentos, publicar los resultados.
Si bien la Plataforma aún no ha iniciado operaciones, la Ley establece que sus módulos esenciales deberán estar en funcionamiento en un plazo máximo de 18 meses, y su implementación total deberá completarse en un máximo de 30 meses a partir de la entrada en vigor del nuevo ordenamiento.
Mientras tanto, todo se seguirá gestionando a través de Compras MX, incluidos los acuerdos marco, solicitudes de cotización y anuncios de diálogo competitivo.
3) Nuevos requisitos de participación
Con la nueva ley, aparecen nuevos requisitos que se deben cumplir para poder participar en procedimientos de contratación o en acuerdos marco:
Estar registrado en el Registro Electrónico de Personas Físicas y Morales en la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas.
Presentar un sobre digital con una manifestación bajo protesta de decir verdad sobre no encontrarse impedido para contratar (conforme los supuestos de abstención, sanción o inhabilitación de los artículos 71 y 90 de la ley).
Declarar la existencia de posibles conflictos de intereses, mediante el denominado manifiesto digital, en que se deberá señalar la existencia o no de vínculos con servidores públicos, conforme al Protocolo de Actuación en Contrataciones.
Asegurar que no se realizan prácticas colusorias con otros participantes para obtener una ventaja indebida.
En caso de resultar ganador, comprometerse a no subcontratar a otros participantes del mismo procedimiento.
La empresa ganadora deberá acreditar el cumplimiento de obligaciones fiscales con documentación vigente.
4) ¿Qué debes saber sobre la nueva plataforma?
La Plataforma Digital de Contrataciones Públicas centraliza todos los procesos de contratación.
En esta plataforma se gestionarán todas las convocatorias, se enviarán las propuestas, se resolverán aclaraciones y se publicarán los resultados. Por lo cual, los licitantes deberán presentar todas sus ofertas electrónicamente.
Con la integración de un nuevo sitio de gestión de las contrataciones públicas, se busca reforzar la forma en que se llevan a cabo los procedimientos.
De hecho, se busca mejorar la planeación de las contrataciones y por ello se establece que ahora la Secretaría Anticorrupción difundirá, a más tardar el 01 de septiembre de cada año, la lista de bienes y servicios a consolidar para el siguiente ejercicio fiscal. Además, cada dependencia o entidad deberá publicar en la plataforma su programa anual de adquisiciones, arrendamientos y servicios antes del 31 de diciembre y actualizarlo mensualmente.
Cualquier modificación relacionada con los acuerdos marco deberá ser autorizada por la Secretaría Anticorrupción y será publicada en la plataforma.
Las dependencias y entidades tendrán acceso a los catálogos electrónicos y a la Tienda Digital del Gobierno Federal de la plataforma, para adquirir bienes y servicios sin llevar a cabo procedimientos de contratación.
5) Evaluaciones más rigurosas
Se crean nuevos comités especializados para llevar a cabo la contratación pública acorde a sus finalidades:
Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, encargado de supervisar toda la actividad previa a la licitación: presupuestos de las dependencias, excepciones, creación de subcomités, etc.
Comité de Contrataciones Estratégicas: para el caso de contrataciones consolidadas, aprueba una lista de bienes y servicios para que sean evaluados, hace propuestas/sugerencias de proveedores, etc.
Además, la ley establece nuevas reglas que las dependencias o entidades deberán cumplir al investigar el mercado y demostrar la existencia de al menos cinco proveedores potenciales antes de iniciar cualquier contratación.
Adaptarse a este nuevo marco legal representa un reto importante para muchas empresas. En Urrutia+Ángeles ofrecemos asesoría estratégica para asegurar que tu participación en procedimientos de contratación se apegue a la nueva normativa.
Si tienes dudas sobre cómo cumplir con los requisitos o aprovechar las nuevas oportunidades que presenta la ley, estamos aquí para ayudarte.
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