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Cirugía estética: 10 puntos que puede revisar COFEPRIS en un establecimiento quirúrgico

  • Foto del escritor: Comunicación Urrutia + Ángeles
    Comunicación Urrutia + Ángeles
  • hace 1 día
  • 6 min de lectura

Realizar procedimientos quirúrgicos con fines estéticos exige mucho más que contar con un consultorio equipado. A diferencia de la medicina estética sin cirugía, en caso de que en el establecimiento se lleven a cabo procedimientos quirúrgicos, la autoridad sanitaria revisa si en el lugar se cuenta con la estructura necesaria para intervenir, atender una urgencia y dar seguimiento al paciente en condiciones seguras.


Para orientar esa revisión, COFEPRIS cuenta con una guía de autoverificación dirigida a establecimientos médicos que ofrecen procedimientos quirúrgicos con fines estéticos. A partir de sus puntos mínimos, estos son 10 aspectos que conviene tener en regla.


1. Autorización sanitaria para operar


El punto de partida es contar con licencia sanitaria vigente para actos quirúrgicos, visible al público. También debe existir aviso de responsable sanitario para actos quirúrgicos, y dicho responsable debe contar con acreditación académica acorde con los servicios que se ofrecen.


La guía retoma que estos establecimientos deben operar conforme a la Ley General de Salud y al Reglamento en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica. Además, los procedimientos deben ser realizados por profesionales especializados, conforme al artículo 272 Bis de esta Ley.


En otras palabras, antes de revisar el quirófano, la autoridad puede verificar si el establecimiento está autorizado para realizar actos quirúrgicos y si cuenta con una persona responsable de la operación sanitaria.


2. Personal especializado y expediente clínico


En cirugía estética, la documentación del personal es uno de los puntos torales. El responsable sanitario debe conservar un archivo completo y actualizado de los profesionales que participan en los servicios.


Tratándose de cirujanos y anestesiólogos, se debe contar con título profesional, cédula profesional de licenciatura, diploma o grado de especialidad, cédula de especialidad y certificados vigentes expedidos por el consejo de especialidad avalado por el CONACEM.


También puede revisarse el registro diario de pacientes, la integración y conservación del expediente clínico y, si se utilizan expedientes electrónicos, que el sistema sea un SIRES certificado por la autoridad competente.


3. Servicios de apoyo vinculados al procedimiento


Un establecimiento quirúrgico puede requerir servicios de apoyo que también deben estar autorizados y documentados.


Si cuenta con banco de sangre, servicio de transfusión o farmacia hospitalaria, debe tener licencia sanitaria vigente y aviso de responsable sanitario para cada servicio. Si utiliza equipo de rayos X, debe contar con la licencia correspondiente y el permiso del responsable de operación y funcionamiento.


Cuando exista laboratorio clínico propio, debe tener aviso de funcionamiento y responsable sanitario. Si solo se toman muestras, debe existir aviso para esa actividad y convenio vigente con el laboratorio que las procesará.


Estos servicios pueden parecer secundarios, pero inciden directamente en la seguridad del paciente.


4. Comités, permisos y control interno


La operación quirúrgica también requiere estructura interna para controlar riesgos. La guía contempla comités en áreas como infecciones nosocomiales, bioética, medicina transfusional, expediente clínico y farmacovigilancia. Estos comités permiten documentar decisiones, dar seguimiento a temas sensibles y fortalecer la seguridad del paciente.


Además, si el inmueble fue ampliado, rehabilitado, acondicionado o equipado, debe existir permiso sanitario de construcción vigente.


5. Limpieza, mantenimiento y control sanitario


La autoridad puede revisar manuales de procedimientos para el aseo de áreas, mobiliario y equipo, así como bitácoras que acrediten su cumplimiento. También puede observar si existen bitácoras de limpieza y desinfección de camas cada vez que se desocupan o cada 48 horas después de no utilizarse.


El equipo médico, electromédico y de alta precisión debe tener mantenimiento preventivo y correctivo conforme a las indicaciones del fabricante. El personal debe estar capacitado para usarlo y contar con evidencia documental.


Además, debe existir un programa para el control y erradicación de fauna nociva.


6. Medicamentos, insumos y lavado de manos


Los medicamentos, dispositivos médicos e insumos deben tener caducidad vigente, registro sanitario y almacenamiento conforme a las indicaciones del fabricante. En establecimientos privados, también debe cuidarse que no existan medicamentos del Sector Salud Público.


El establecimiento debe contar con jabón antiséptico líquido, agua potable y toallas desechables en los lavabos. A su vez, el personal debe estar capacitado en técnicas de lavado de manos y en los cinco momentos de lavado.


En cualquier momento de la atención, estos puntos forman parte de la prevención de infecciones y de la seguridad del paciente.


7. Unidad quirúrgica y control de accesos


La unidad quirúrgica debe estar delimitada, conservar condiciones de asepsia y ambiente estéril, y tener acceso controlado para personal de salud y pacientes.


La guía verifica si existen vestidores para personal femenino y masculino, área de transferencia, pasillo de circulación blanca, sala o salas de operación y área gris de recuperación. También contempla que exista continuidad entre vestidores, sanitarios del personal y pasillo blanco, mediante un área de transferencia que conserve la asepsia.


En el pasillo blanco debe haber equipo para lavado y asepsia prequirúrgica de manos, comunicación con la Central de Esterilización y Equipos (CEyE) para recibir material estéril, e ingreso a salas quirúrgicas mediante puertas de doble abatimiento con mirillas.


8. Sala de operaciones


La sala de operaciones debe facilitar la limpieza y reducir riesgos. Por ello, se revisan curvas sanitarias entre muros y piso, materiales lisos y superficies sin ranuras, orificios o poros donde pueda acumularse polvo.


Igualmente, debe contar con ventilación artificial, aire inyectado en la parte superior y extraído en la inferior, capacidad de 20 a 25 cambios de volumen de aire filtrado por hora, así como evidencia de mantenimiento.


La sala debe tener instalaciones fijas para oxígeno, óxido nitroso y aire, central de gases, sistema de succión, equipo básico para anestesia, unidad electroquirúrgica, lámparas, monitor de signos vitales y mobiliario quirúrgico en buen funcionamiento.


Aquí la revisión se enfoca en que el procedimiento pueda realizarse en condiciones físicas, técnicas y sanitarias adecuadas.


9. Recuperación, enfermería y respuesta ante urgencias


La atención no termina cuando concluye la intervención, pues la recuperación postanestésica también forma parte de la seguridad del paciente. Esta área debe contar con camilla por sala de operaciones, monitor de signos vitales, oxígeno, aire comprimido, aspiración controlada, riel portavenoclisis, elementos divisorios antibacterianos y cuarto séptico accesible, pero fuera del área.


La central de enfermería debe tener mobiliario y equipo para apoyar la atención y recuperación del paciente, incluyendo carro de curaciones, lavabo, mesas de apoyo, guarda de insumos, sistema porta expedientes, equipo de curaciones, esfigmomanómetro, estetoscopio, estuche de diagnóstico, lámpara, portavenoclisis, termómetro y carro rojo.


El carro rojo debe contar con equipo para reanimación, oxígeno, desfibrilador con monitor, electrodos, laringoscopios, mascarillas para oxígeno y tabla para compresiones cardíacas externas, entre otros elementos.


También debe existir un área cerrada y de acceso limitado para preparación de medicamentos. Esta preparación debe realizarse con lavado de manos, cubrebocas, técnica y material estéril, de forma exclusiva para cada medicamento, paciente y ocasión.


10. Esterilización, hospitalización y continuidad del cuidado


La Central de Esterilización y Equipos, conocida como CEyE, debe tener acceso restringido y áreas para lavado de instrumental, preparación de ropa y materiales, ensamble de paquetes, esterilización y guarda de material estéril. A su vez, debe contar con ventanillas hacia el pasillo blanco y la circulación negra, mobiliario específico, esterilizador, al menos una autoclave, controles físicos, químicos y biológicos, bitácoras de mantenimiento y anaqueles para material estéril.


Si el establecimiento cuenta con hospitalización, la revisión puede incluir la central de enfermería, sala de curaciones, sanitario para personal, oficina médica, cuarto séptico, cuarto de aseo, dimensiones suficientes, sistemas de oxígeno, aire comprimido y aspiración, comunicación de emergencia, lavabos, jabón germicida y toallas desechables.


En hospitalización colectiva, se contempla sanitario y regadera por cada seis camas, así como elementos divisorios de material antibacteriano.


También puede revisarse la trazabilidad de unidades de sangre y componentes, informes mensuales a la autoridad competente, área de dietología, recursos o convenio para traslado del paciente, central de gases, planta eléctrica de emergencia y abastecimiento de agua potable.



En Urrutia + Ángeles asesoramos a establecimientos sujetos a regulación sanitaria y administrativa, incluyendo clínicas, consultorios y establecimientos médicos que ofrecen servicios estéticos.


Si tu establecimiento realiza o pretende realizar procedimientos quirúrgicos con fines estéticos, podemos ayudarte a revisar su cumplimiento y prevenir riesgos frente a la autoridad sanitaria.


Aviso Legal: Esta entrada de blog contiene información de carácter general y educativo. No constituye asesoría jurídica personalizada. Las regulaciones de verificación pueden variar según la materia específica, por lo que cada caso requiere un análisis legal particular.


Por Alejandra Vizcarra


Fuentes

Ley General de Salud.

Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica.

NOM-016-SSA3-2012, Que establece las características mínimas de infraestructura y equipamiento de hospitales y consultorios de atención médica especializada.

NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico.

NOM-045-SSA2-2005, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de las infecciones nosocomiales.

NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002, Protección ambiental-Salud ambiental-Residuos peligrosos biológico-infecciosos-Clasificación y especificaciones de manejo.

 
 
 

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