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¿Para qué sirven las constancias DC-3 en la industria de la construcción?

  • Foto del escritor: Comunicación Urrutia + Ángeles
    Comunicación Urrutia + Ángeles
  • hace 4 minutos
  • 3 Min. de lectura

En la industria de la construcción y el desarrollo urbano existe un trámite administrativo que, si decides saltarlo, puede costarte una multa de hasta medio millón de pesos. Es importante que asegures tu obra y la preparación de tus trabajadores con las constancias DC-3.


Estas constancias son documentos que acreditan que un trabajador recibió capacitación y cuenta con habilidades para desempeñar determinadas actividades de trabajo. Por lo general, se relaciona con trabajos especializados o de riesgo, como por ejemplo: trabajo en alturas, soldadura, operación de grúas, manejo de retroexcavadoras, entre otros.


Esto quiere decir que las constancias DC-3 se encuentran vinculadas con el sistema de capacitación y entrenamiento de los trabajadores. Por eso, los patrones se encuentran obligados a conservar esta documentación para acreditar, ante la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, que se le ha brindado una adecuada capacitación a los trabajadores para realizar este tipo de trabajo de conformidad con el artículo 153-A de la Ley Federal del Trabajo.


Aunque en la práctica el llenado de estas constancias suele ser elaborado por un agente capacitador, ya sea interno o externo, la emisión y el correcto llenado de estas constancias son responsabilidad directa del patrón. De modo que debe existir una comunicación estrecha entre agente y patrón a fin de que exista total seguridad de que el documento refleje con exactitud la instrucción impartida y descarte posibles errores en la información reportada.


Dicho esto, las constancias DC-3 deben contener diferentes datos del trabajador, del patrón, así como de la capacitación recibida (nombre del curso, duración, fechas, agente capacitador, etc…), contar con las firmas correspondientes y ser debidamente integrada en el expediente personal del trabajador.


Asimismo, es imperativo recabar de forma conjunta (entre agente y patrón) los datos precisos del curso, tales como: su denominación, duración, área temática, además de obtener la firma autógrafa del instructor para validar legalmente la acreditación.


Con esta información, en caso de una Inspección Federal del Trabajo por parte de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social, ya sea que se realice por una inspección programada, una queja o derivado de un accidente sucedido en el área de trabajo, el patrón podrá acreditar qué trabajadores se encuentran debidamente capacitados.


Además, debes saber que la duración de estas constancias no es indeterminada, sino que se deben expedir cada vez que el trabajador reciba capacitación o entrenamiento, especialmente en las actividades que requieran ser documentadas mediante la constancia DC-3.


También es importante señalar que, en los últimos años, estas constancias han tomado una mayor relevancia. La Secretaría de Trabajo y Previsión Social verifica con mayor rigor el cumplimiento de las disposiciones que obligan a contar con ellas. De hecho, se ha vuelto común que en las visitas de inspección realizadas en obra, la autoridad no solamente se limite a revisar aspectos operativos, sino que audite el cumplimiento integral de obligaciones administrativas, como lo es: el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas (REPSE), del cual ya hablaremos a profundidad en otro momento, y verifique que se cuente con la capacitación adecuada debidamente acreditada con la constancia DC-3.


Por otro lado, estas constancias también se constituyen como parte de los requisitos relacionados con elementos de seguridad e higiene en el trabajo y, entonces, el hecho de no contar con una capacitación para prevenir los riesgos de trabajo puede llevar a la imposición al empleador de sanciones conforme a lo dispuesto en el artículo 994, fracción V de la Ley Federal del Trabajo que va desde las 250 a 5000 Unidades de Medida y Actualización, que al día de hoy se considera entre los $29,327.50 y $586,550.00 pesos mexicanos.


Por todas estas razones, resulta relevante considerar el cumplimiento de este tipo de obligaciones al llevar a cabo construcción de obra.


Si te interesa saber más sobre cómo conseguir los constancias, los requisitos que deben de cumplir o en su caso deseas saber más de esto, no dudes en echarnos una llamada a la oficina para asesorarte.


Por José Luis Sauceda Gaytán


Fuentes:

 
 
 

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