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¿Cuándo necesito tramitar una licencia de construcción? (Tomando como referencia el Municipio de Monterrey)

Foto del escritor: Comunicación Urrutia + Ángeles
Comunicación Urrutia + Ángeles
11 sept
2 min de lectura

En ocasiones resulta difícil saber cuándo requerimos una licencia de construcción, pues el marco jurídico aplicable al desarrollo urbano es complejo y variado en cada Estado y Municipio del país. Ejemplo de ello podemos verlo en el artículo 314 de la Ley de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Nuevo León, donde “técnicamente” se exige una licencia para todas las obras, construcciones y edificaciones en el Estado, aunque la realidad en los municipios sea diversa y compleja.


Si leemos el artículo de manera literal, inclusive pintar la fachada de un inmueble o cambiar las ventanas de una casa requeriría tramitar una licencia de construcción. 


Sin embargo, como adelantamos, esta regulación cambia en cada Municipio pues estos pueden, también, emitir normas en materia de desarrollo urbano. 


Veamos el caso de Monterrey. El Reglamento para las Construcciones del Municipio de Monterrey aterriza la ley estatal y delimita los alcances para definir qué requiere realmente una licencia.


Para evaluar tu proyecto y saber, provisionalmente, si se requiere una licencia de construcción, la forma más simple es dividir las intervenciones en dos categorías principales que sirvan como marco guía para determinar si requieres licencia o no:


  • Obras menores o de remodelación: Comprenden los trabajos de mantenimiento o reparación ligera, tales como impermeabilización, reemplazo de pisos, pintura, reposición de tuberías e instalaciones, o divisiones interiores con tablaroca en vivienda unifamiliar.


    Siempre y cuando no se modifique el cálculo estructural ni se incremente la superficie construida o el uso autorizado, no se requiere de licencia.


  • Obras nuevas o que afecten la estructura: En cuanto la intervención comprometa elementos de soporte (losas, muros de carga, columnas o bardas perimetrales), incremente los metros cuadrados de construcción, altere el uso de suelo o requiera demolición y excavaciones, sí es obligatorio tramitar una licencia de construcción.


Con esto en mente, puedes determinar el alcance y la viabilidad de tu proyecto. No obstante, si tienes dudas sobre la clasificación de la obra o los trámites ante la autoridad municipal, lo recomendable es contar con asesoría jurídica especializada para evitar clausuras, sanciones administrativas y garantizar la certeza legal de tu inmueble. 


En Urrutia + Ángeles podemos ayudarte a revisar si tu proyecto requiere licencia de construcción y acompañarte en los trámites o procedimientos ante la autoridad municipal.


Aviso Legal: Esta entrada de blog contiene información de carácter general y educativo. No constituye asesoría jurídica personalizada. Las regulaciones de verificación pueden variar según la materia específica, por lo que cada caso requiere un análisis legal particular.


Lic. José Luis Sauceda Gaytán


 
 
 

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