Me citaron a una audiencia inicial: ¿qué debo hacer?

La posibilidad de atender adecuadamente una acusación por responsabilidades
administrativas depende, en gran medida, de la defensa que se plantee en la audiencia
inicial. Este es el momento idóneo para responder a los hechos de los cuales se acusa
a una persona en el denominado Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa,
mediante la correcta identificación de las deficiencias en la acusación y el ofrecemiento
de todas las pruebas que permitan aportar elementos que permitan concluir con la
inocencia de la persona acusada. Por este motivo, las omisiones en esta etapa pueden
ser difíciles (o incluso imposibles) de corregir durante las etapas posteriores del
procedimiento.
Por ello, si recibiste un citatorio para comparecer a una audiencia inicial en un
procedimiento de responsabilidades administrativas, es importante actuar de inmediato
para preparar tu defensa y maximizar tus posibilidades de obtener una resolución que
declare tu inocencia.
A continuación, explicamos cuáles son los primeros pasos a tomar después de recibir
la primera notificación en el procedimiento de responsabilidades, y cómo puedes
prepararte para tu audiencia.
1. Revisa la documentación que recibiste. Junto con el citatorio a la audiencia
inicial, la autoridad substanciadora debe entregarte copias certificadas de los
siguientes documentos: el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa
(IPRA) y su acuerdo de admisión; las constancias del expediente de
investigación; y todas las pruebas que hayan aportado u ofrecido las autoridades
investigadoras para sustentar su acusación. La falta de cualquiera de estos
documentos es una violación al derecho a la defensa que debe reclamarse de
inmediato en el procedimiento.
También debes verificar que el citatorio indique la fecha, hora y lugar de la
audiencia, así como la autoridad ante la cual deberás comparecer. Es importante
que entre la notificación del acuerdo de emplazamiento y la fecha señalada para
la celebración de la audiencia medien por lo menos diez días hábiles.
Finalmente, debe revisarse si el citatorio señala la posibilidad de comparecer
mediante videoconferencia, ya que en ese caso deberán verificarse las
instrucciones de acceso y la forma en que debe comunicarse a la autoridad la
elección de esta modalidad. A menudo, se concede un plazo breve para informar
la modalidad en que se comparecerá, por lo que esta opción debe revisarse de
inmediato para no perder la oportunidad de elegirla.
2. Entiende la acusación. El IPRA debe explicar claramente qué conducta se te
atribuye, cuándo y dónde habría ocurrido, qué disposiciones jurídicas se
consideran incumplidas y cuáles son las pruebas con las que la autoridad
pretende acreditar tu responsabilidad.
Así, para preparar una defensa adecuada, es necesario identificar, además de la
conducta atribuida y la falta grave o no grave que la autoridad investigadora
considera actualizada, elementos como el grado de participación que se te
atribuye, las obligaciones específicas que correspondían a tu cargo y si las
pruebas realmente permiten acreditar la conducta atribuida.
Por ello, es importante reconstruir el contexto completo en que ocurrieron los
hechos, para luego poder identificar qué información puede ayudarte a
aclararlos.
3. Prepara tu declaración. Durante la audiencia inicial tienes derecho a declarar
oralmente o por escrito, así como a no declarar en tu contra ni reconocerte como
responsable.
Además, la Ley General de Responsabilidades Administrativas reconoce tu
derecho a defenderte personalmente o con la asistencia de un abogado y, si no
cuentas con uno, solicitar que te sea designado un defensor de oficio.
En la mayoría de los casos, recomendamos presentar la respuesta a la
acusación por escrito, ya que esto permite exponer los hechos de manera más
ordenada, responder de manera puntual a cada señalamiento y dejar constancia
precisa de los argumentos de defensa – además de que puede eficientizar el
desarrollo de la audiencia inicial. Sin embargo, aún debes programarte para
acudir a la audiencia inicial personalmente, ya que es neceasario que
comparezcas a su celebración y ratifiques tu escrito.
4. Reúne y ofrece tus pruebas. En la audiencia inicial debes ofrecer todas las
pruebas necesarias para tu defensa, por lo que es importante que recabes todos
los oficios, informes, comunicaciones digitales, y cualquier otro documento
relacionado con los hechos y que sea útil para demostrar tu inocencia. Después
de este momento procesal, solo podrán ofrecerse, excepcionalmente, las que
tengan carácter de pruebas supervenientes (es decir, pruebas de las que no
tuvieras conocimiento a la fecha de la audiencia, o que se generen
posteriormente a su celebración).
También pueden ofrecerse testimonios o pruebas periciales cuando sea
necesario explicar cuestiones técnicas, acreditar la intervención de otras
personas o áreas, o acreditar otros hechos relevantes para tu defensa.
En caso de que no cuentes con una prueba en tu poder, debes solicitarla por
escrito a la autoridad que la tenga, y acompañar a tu declaración el acuse de
recibo de esa solicitud. Por su parte, cuando la documentación se encuentre en
poder de un tercero, tendrás que indicar dónde se localiza y quién puede
proporcionarla.
¿Qué ocurre durante la audiencia inicial?
Durante la audiencia, la autoridad hará constar quiénes comparecen y permitirá
que la persona presuntamente responsable rinda su declaración y ofrezca sus pruebas.
Algunas audiencias iniciales son videograbadas; mientras que en otras, si la
declaración se rinde oralmente, la autoridad substanciadora deberá hacer constar su
contenido en el acta correspondiente. La autoridad investigadora, y en su caso, los
demás presuntos responsables o terceros llamados al procedimiento, también tendrán
la oportunidad de realizar manifestaciones.
Una vez concluidas estas intervenciones, la autoridad sustanciadora declarará
cerrada la audiencia inicial. Cuando se trate de una falta no grave, el procedimiento
continuará ante las autoridades administrativas competentes, que admitirán y
desahogarán las pruebas, recibirán los alegatos de las partes y emitirán la resolución
correspondiente. Si la falta fue calificada como grave, el expediente será enviado al
Tribunal de Justicia Administrativa competente, que revisará la clasificación realizada y
continuará el procedimiento hasta dictar una resolución.
La audiencia inicial representa la principal oportunidad para responder a la
acusación y establecer las bases de la defensa que se desarrollará durante el resto del
procedimiento. Por ello, es sumamente recomendable contar con asesoría jurídica
desde que se recibe el citatorio, a fin de revisar el expediente, preparar la declaración y
ofrecer oportunamente las pruebas necesarias.
Si eres servidora o servidor público y recibiste un citatorio para comparecer a
una audiencia inicial, en Urrutia+Ángeles podemos asesorarte para que enfrentes el
procedimiento con una defensa completa y oportuna.
Aviso Legal: Esta entrada de blog contiene información de carácter general y educativo. No constituye asesoría jurídica personalizada. Las regulaciones de verificación pueden variar según la materia específica, por lo que cada caso requiere un análisis legal particular.
Lic. Daniela de la Garza Cantú
Fuentes:
Ley General de Responsabilidades Administrativas (última reforma publicada en
el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 2025).
Semanario Judicial de la Federación, registro digital 2028343.



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